La prueba de hermeticidad en los edificios y la posibilidad de utilizar tanques de gas de 25 libras
La prueba de hermeticidad en los edificios permite detectar fugas de gas presentes en una propiedad horizontal. Se realiza introduciendo gas a presión en toda las instalaciones de gas de la propiedad. Por un lado, se introduce aire mientras que por el otro se mide con un instrumento llamado manómetro.
¿Quién realiza la prueba de hermeticidad en los edificios?
La certificación de la prueba de hermeticidad en los edificios está a cargo del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá (BCBRP) y debe realizarse cada tres años según lo establece el reglamento de Gas Licuado de Petróleo, pero de manera primaria la propiedad horizontal deberá contratar los servicios de un personal idóneo para que haga la verificación en primer ainstancia de la caña central y de las ramificaciones, luego la inspección de unidad por unidad inmobiliaria para verificar las mangueras y demás implementos que no estén coadyuvando a la fuga de gas.
¿Quiénes son los responsables del mantenimiento de las redes de distribución de gas de los edificios?
El artículo 14 del reglamento señala como responsables exclusivos a los propietarios de los edificio del mantenimiento de la red de distribución y de las reparaciones pertinentes utilizando personal calificado para realizarlo. Añade, además, que deben mantener en buen estado los artefactos de distribución y usar equipos certificados.
El artículo 14 dicta que son responsables exclusivos del mantenimiento de la red de distribución y deben utilizar personal idóneo, para el mantenimiento y reparación de las redes de distribución.
¿Quién debe solicitar la prueba de hermeticidad en los edificios?
La solicitud de la prueba de hermeticidad en los edificios debe ser realizada por los administradores de la propiedad horizontal, según lo describe el artículo 14 del Reglamento de Gas Licuado de Petróleo.
Los administradores de propiedades horizontales de dos o más pisos de uso residencial, comercial, industrial, estatal o institucional tendrán la responsabilidad de solicitar la inspección cada tres años de la red de distribución y de sus artefactos a gas que debe ser realizada por un Inspector de GLP y autorizada por la DINASEPI.
En casos de que se presente fugas en la instalación, el administrador de la PH deberá solicitar una nueva revisión y prueba de hermeticidad en los edificios.
Medidas de seguridad recomendadas en el reglamento de Gas Licuado de Petróleo antes de la prueba de hermeticidad en los edificios
Antes de la prueba de hermeticidad en los edificios es importante asegurarse de que no hayan quedado fugas en las instalaciones, esto deberá realizarlo un fontanero o plomero calificado, después, el cuerpo de bomberos hará una inspección visual en busca de posibles fallas de instalación.
El reglamento de Gas Licuado de Petróleo, en su artículo 20, recomienda que antes de que se solicite el suministro de gas para instalaciones reparadas o nuevas, el personal idóneo compruebe que las llaves de salida de los artefactos a gas estén tapadas y cerradas, que los artefactos a gas estén desconectados y que el sistema de tuberías esté certificado por la dirección Nacional de Seguridad Prevención e Investigación de Incendios, quien también será quien autorice el suministro.
¿Por qué es importante realizar una prueba de hermeticidad en los edificios?
Una fuga de gas podría ser dañina para la salud de las personas y puede provocar, en casos graves, la muerte como también accidentes peligrosos, por eso es importante realizar la prueba de hermeticidad en los edificios y, además, el mantenimiento preventivo de los artefactos y conexiones de distribución.
¿Se pueden usar tanques de 25 libras en los edificios residenciales de Panamá?
La responsabilidad por el uso de tanques de 25 libras y 100 libras en edificios recae en los usuarios, quienes deben velar por el uso correcto del tanque y sus componentes. La responsabilidad por el uso inadecuado y los daños causados así mismos o a terceros recaerá sobre los usuarios, así lo señala el artículo 14 del Reglamento de Gas Licuado del Petróleo. Esta prohibido el uso de los tanques de 25lbs en unidades inmobiliarias de mediana edad, y en el evento que tenga utilizarse para aquellos edificios de larga dat solo se permitirá para ser conectados a la estufa mas no para ser utilizados en lavadoras, secadoras o calentadores de agua.
¡Suscríbete a nuestro Newsletter para continua información de valor!
Te invitamos a compartir este artículo de muchísimo valor a tus redes sociales
Facebook
LinkedIn