
Andrés es administrador de un PH y me llamó con una preocupación muy típica:
“Licenciada, yo convoqué la asamblea como manda la ley, pero llegaron pocos. La junta quiere ‘resolver igual’ porque hay temas urgentes. Yo no quiero meter la pata.”
Y Andrés hizo bien en preocuparse. Porque en PH, una asamblea mal manejada no solo genera caos: genera impugnaciones, peleas internas y decisiones que después nadie puede ejecutar.
Lo que la Ley 284 exige en convocatoria y quórum
La Ley 284 regula claramente cómo se convoca una asamblea y qué debe contener la convocatoria (fecha, tipo de reunión, hora, lugar/medio tecnológico, agenda y quién convoca).
Y sobre el quórum, establece que la reunión se considera legalmente constituida con más de la mitad de los propietarios (asistiendo presencial o por medios tecnológicos).
Ahora, lo práctico (y donde más se equivocan): si pasa una hora desde la hora fijada y no hay quórum, debe levantarse un acta dejando constancia, y se habilita la posibilidad de sesionar con un quórum equivalente al 20%, adoptando decisiones válidas por mayoría de los presentes que estén al día, salvo materias que requieran porcentajes especiales.
Y si se celebra en segunda convocatoria, el quórum lo constituyen los propietarios que asistan, y las decisiones se aprueban por mayoría simple de unidades al día, salvo materias que requieran porcentajes especiales.
El error que la junta quería cometer
La junta quería “seguir normal” sin formalizar nada, como si el quórum fuera un detalle. Y ahí es donde yo le dije a Andrés algo claro:
El quórum no es un trámite. Es lo que le da fuerza legal a la decisión.
Si no se respeta, después viene el propietario molesto que impugna, o el que no paga, o el que dice “eso no vale”, y el PH queda paralizado.
¿Qué hicimos para salvar la asamblea sin pelear?
Yo le propuse una ruta ordenada, sin inventos:
- Verificar asistencia real (presencial/tecnológica) y quiénes estaban al día.
- Si no había quórum, esperar la hora y levantar el acta de falta de quórum como corresponde.
- Definir si se sesionaba bajo el esquema permitido (20%) o si convenía fijar segunda convocatoria, según la importancia de los temas y los porcentajes especiales que pudieran aplicar.
La junta quería aprobar “cosas grandes” con poca gente. Y ahí estuvo el verdadero valor del acompañamiento: evitar que el PH tomara decisiones frágiles.
El cierre del caso
La asamblea se recondujo. Se documentó correctamente, se evitó improvisar, y lo más importante: el PH pudo avanzar sin dejar puertas abiertas para futuros conflictos.
En administración, a veces el problema no es la mala intención. Es el apuro. Pero el apuro en PH sale caro.
Si administras un PH y te está pasando esto…
Si estás por hacer asamblea, no hay quórum, o la junta te está presionando para “resolver como sea”, mejor asesorarte antes de que el tema se convierta en un lío legal.
Soy Lizbeth Hernández. Si quieres, reviso tu convocatoria, el orden del día y la ruta correcta para que tus decisiones queden blindadas bajo Ley 284. Escríbeme y conversamos sobre tu caso.


