Lo que dice la ley respecto a las
en los PH

Al hablar de reparaciones en los PH se debe considerar varios aspectos esenciales. En primer lugar, determinar qué tipo de reparación es necesaria y, en segundo lugar, por qué o por quién se ha suscitado. ¿Corresponde a un bien común o a uno de su privativo? ¿Es debido a algún defecto de construcción? Todo esto debe tomarse en cuenta a la hora de determinar a quién corresponde costear los gastos por reparación.

¿Qué dice la ley respecto a las reparaciones en los PH?

En el artículo 21, en cuanto a las reparaciones en los PH, de la Ley 31, que rige el régimen de Propiedad Horizontal, se especifica que cada propietario está obligado a realizar y pagar las reparaciones que hagan falta en su unidad inmobiliaria y que afecten a otra unidad. En el caso de que no lo haga, el administrador podrá ordenar que las realice y podrá gestionarlas.

Mientras que el artículo 22, de la misma ley, establece que los propietarios que tengan unidades mobiliarias con elementos compartidos deberán pagar los gastos de mantenimiento y reparación a partes iguales. Si se comprueba que el daño fue causado por uno de los que está afectado, este deberá asumir los gastos solo.

Por su parte, el artículo 23, señala que todos los propietarios deben contribuir en los gastos de reparación, mantenimiento y preservación de los bienes comunes. Inclusive, los gastos por contratación de seguros contra incendios, terremotos y otros daños causados por un evento natural.

El artículo 72, a su vez, expresa que la administración tendrá las obligaciones que designa la Ley, las descritas en el Reglamento de Copropiedad, la Asamblea de Propietarios, la Junta Directiva, y, además, podrá “ordenar las reparaciones urgentes en las áreas comunes de la propiedad horizontal y en las privadas que afecten a otra unidad inmobiliaria”

¿A quién corresponden las reparaciones en los PH?

Según los artículos antes mencionados, las reparaciones en los PH, cuando se refiere a usos privativos, corresponderá a los propietarios de las unidades inmobiliarias. Y establece que, en cuanto a reparación y mantenimiento de la propiedad, irá por cuenta de la administración haciendo uso de los pagos de las cuotas de gastos comunes destinados para tal fin. Además, cabe señalar, que, ante un siniestro o daño, la propiedad debe contar con un seguro de prevención que cubra los daños que puedan causarse.

¿Qué sucede si la reparación corresponde a un defecto de construcción?

De tratarse de un defecto de construcción, la Promotora y/o empresa constructora debe asumir la responsabilidad por reparaciones en los PH siempre que corresponda a los siguientes defectos:

  • Defectos de terminación y acabado. Son defectos menores que, por lo general, cuentan con garantía de hasta un año.
  • Defectos que afectan la habitabilidad o seguridad. Son más difíciles de detectar. Entre los que se puede mencionar: defectos a aislamiento térmico, de insonorización, de ahorro de energía, entre otros.
  • Defectos estructurales. Son aquellos defectos de construcción relacionados a los cimientos, soportes, vigas y todos aquello que afecte la estructura y estabilidad de la propiedad

En casos de defecto de construcción, se debe informar de manera oportuna, para evitar caer en prescripción, es decir que se venza el termino de reclamación legal.

El primer paso, al encontrar un defecto de construcción, es contactar a la promotora del proyecto e intentar llegar a un acuerdo, bien sea para que se responsabilice por reparar los desperfectos o solicitar remuneración por los daños que han provocado una perdida en el valor del inmueble adquirido.  

¡Suscríbete a nuestro Newsletter para continua información de valor!

Te invitamos a compartir este artículo de muchísimo valor a tus redes sociales

Share on facebook
Facebook
Share on linkedin
LinkedIn

También te puede interesar…

Te invitamos a compartir este artículo de muchísimo valor a tus redes sociales

También te puede interesar…

Abrir chat
¡Un gusto! Hablemos de tu caso. ¿Prefiere un cita online o presencial?