Diferencia entre Desembolso Extraordinario y Fondo de Imprevisto, ¿cómo lo puede usar la Junta Directiva?

Diferencia entre Desembolso Extraordinario y Fondo de Imprevisto

Con la modificación de la ley que regula el régimen de propiedad horizontal se incluyeron nuevos términos y resoluciones como lo son desembolso extraordinario y fondo de imprevisto.

¿En qué se diferencia el desembolso extraordinario y fondo de impreviso?   

El desembolso extraordinario es un gasto que no fue previsto en el presupuesto. La junta directiva puede aprobarlo, tomando de los excedentes o las reservas del inmueble cuando se presente un evento imprevisible que deba ser atendido de inmediato sin que deba contar con la aprobación de los propietarios en asamblea ordinaria o extraordinaria debido a la urgencia de la eventualidad.

El fondo de impreviso es una cantidad obligatoria que debe ser recaudada anualmente y que está destinada para financiar y cubrir las obligaciones, obras o expensas que se presenten sin aviso dentro de la propiedad horizontal. El fondo de imprevisto deberá corresponder como mínimo al 1% del total de los ingresos anuales y de las cuotas de gastos comunes aportados por los propietarios de la PH.

Creación del fondo de imprevisto en una propiedad horizontal

El artículo 46 enmarca la obligación de crear el fondo para imprevistos con el fin de financiar y atender las obras, expensas u obligaciones que surjan y que no estén incluidas en el presupuesto vigente de la PH y que afecten de manera directa el correcto funcionamiento del inmueble y su situación financiera.

¿Se puede cautelar el fondo de imprevisto?

Según describe el artículo 47, el fondo de imprevisto solo se podrá cautelar un 20% del total de lo recaudado mensualmente hasta el monto líquido que decrete la instancia judicial, es por ello que es importante que se aperture una cuenta bancaria para este fin de manera separada. Es importante tomar en cuenta que no es solo el recaudo de la scuotas de gastos comunes sino también los ingresos por alquileres de áreas comunes.

¿Quién autoriza el uso del desembolso extraordinario y fondo de imprevisto en una PH?

La autorización del desembolso extraordinario y fondo de imprevisto se diferencia de la siguiente manera.

En el caso del fondo de improviso, al artículo 48 describe que la junta directiva tendrá que justificar la necesidad de su uso y el monto requerido ante la asamblea de propietarios, el cuál tendrá que votar favorablemente con un 51% de la totalidad de las unidades inmobiliarias que conforman la PH.

Además, el artículo 49 señala que la junta directiva tiene la obligación de presentar ante la asamblea de propietarios un informe detallado de los depósitos y retiros que haga del fondo para imprevistos.

Mientras que el desembolso extraordinario, según el artículo 80  #4 de la ley, es autorizado por la junta directiva siempre que corresponda a una reparación necesaria que tenga carácter de urgente e imprescindible, aunque su uso debe ser comunicado al resto de los propietarios.

La junta directiva y el fondo para imprevistos

El artículo 49 refiere que la junta directiva deberá ordenar al administrador que realice el desglose de las cuotas de gastos comunes mensuales para que las deposite en la cuenta destinada al fondo de imprevistos. También tendrá como deber atender las solicitudes realizadas en la asamblea de propietarios para el uso del fondo para imprevistos y llevar a cabo las ordenadas por la asamblea, o sugerir su uso ante la asamblea.

¿Cuál será el destino del fondo de imprevisto de la propiedad horizontal?  

El porcentaje de las cuotas de los gastos comunes que será destinado para el fondo de imprevistos debe ser depositado en una cuenta distinta de la cuenta operativa en un banco o bancos que así decida la junta directiva y solo podrá realizarse retiros de dinero en esa cuenta con autorización de la asamblea de propietarios, así lo describe el artículo 82 de la ley 284.

Funciones del tesorero y el fondo de imprevisto

El artículo 89 detalla que el tesorero tiene como función llevar el control detallado de los depósitos realizados para el fondo de imprevistos y velar del buen manejo de los fondos cuando se realicen retiros.

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